Presencialmente: En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Cómo reclamar daños y perjuicios al Ayuntamiento?

Por teléfono: A través del teléfono gratuito 010, si llama desde la ciudad de Madrid, o del 915 298 210, si llama desde la ciudad de Madrid o desde fuera (se factura como cualquier otra llamada al municipio de Madrid, en función de las tarifas que tenga contratado el abonado llamante).

¿Dónde se denuncia a una municipalidad?

Contraloría General de la República y modificatorias.

¿Cómo se puede hacer una denuncia?

24/04/2023 Si eres víctima o testigo de delitos como robo, estafa, extorsión, violencia de género o maltrato animal, entre otros, conoce cómo denunciar de forma ‘online’ en solo unos cuantos pasos. Contenido ¿Fuiste víctima de algún delito dentro del país o conoces una situación en la cual se haya atentado en contra de las leyes penales colombianas? No importa en qué parte del territorio nacional te encuentres o si cuentas con ciudadanía colombiana, es tu derecho, y en ocasiones tu deber, poner esos delitos en conocimiento de las autoridades para que ellas se encarguen de investigar e impartir justicia.

De eso se trata una denuncia, trámite formal en el cual los ciudadanos, de forma verbal o escrita, dan a conocer a entidades como la Policía Nacional o la Fiscalía General de la Nación (ente encargado de investigar la comisión del delito), alguna situación contraria a la ley, como un robo, un secuestro, una agresión, un acto sexual abusivo o incluso un asesinato,

Lee también: ¿Cómo debo presentar una denuncia? “La denuncia, en materia penal, es una manifestación de conocimiento mediante la cual una persona, ofendida o no con la infracción, pone en conocimiento del órgano de investigación un hecho delictivo, con expresión detallada de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, que le consten”, señala la Corte Constitucional.

  • Según sea el delito, una denuncia se puede hacer no solo de forma presencial, sino que también puede radicarse virtualmente, es decir, desde cualquier computador o dispositivo móvil, a través del Sistema Nacional de Denuncia Virtual ‘A denunciar’.
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Esta es una herramienta de la Policía Nacional y la Fiscalía General que te permite, seas víctima o testigo de un acto contrario a la ley colombiana, interponer tu denuncia por delitos como hurto, estafa, extorsión, violencia de género, falsificación de documentos, maltrato animal, delitos informáticos o situaciones que involucren material con contenido de explotación sexual infantil.

¿Qué plazo tiene el Ayuntamiento para responder?

Contestación de peticiones: La autoridad u órgano competente vendrá obligado a contestar y notificar la contestación en el plazo máximo de tres meses. El silencio tendrá efecto desestimatorio (art.

¿Qué hacer si un ayuntamiento no te paga?

Si la Administración no paga en plazo debemos dirigir un escrito a esa Administración deudora, reclamándole el pago de la factura o facturas de la que se trate, más los intereses de demora y la indemnización por costes de cobro.

¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en contestar una reclamacion?

El plazo para resolver las reclamaciones presentadas es de 6 meses desde su presentación en el registro del órgano competente. Transcurrido el plazo sin que se hubiese notificado la resolución del procedimiento, la reclamación se entiende desestimada por silencio administrativo.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar daños y perjuicios?

Plazos relacionados con accidentes de tráfico – -7 días para comunicar a la compañía de seguros propia, el hecho de haber sufrido un accidente de tráfico, y sus circunstancias. – 1 año para presentar una reclamación civil por daños y perjuicios derivados del accidente, de conformidad con el art.1968.2 del Código Civil.

¿Que se consideran daños y perjuicios?

¿Qué son los daños y perjuicios? – Los daños son los desperfectos que sufre una persona por la actuación de otra, mientras que los perjuicios son los ingresos o beneficios que alguien debiera haber obtenido o el daño que ha sufrido el patrimonio de una persona por la actuación de otra.

  • No obstante, aunque cada uno de los conceptos tienen una definición diferente, estos se usan de forma conjunta a efectos judiciales, con el objetivo de conseguir la indemnización a la que la víctima de los mismos tendrá derecho.
  • Así pues, los daños y perjuicios dan lugar al derecho a recibir una indemnización de carácter económico derivada de la responsabilidad civil,
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Tanto las personas físicas como las personas jurídicas estarán obligadas, siempre que se pruebe que han incurrido en responsabilidad civil —es decir, cuando hayan provocado un daño o perjuicio a un tercero—, a pagar la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.

¿Dónde se denuncia a los alcaldes?

Módulo de Denuncias PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS CIUDADANAS ANTE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES La Contraloría General de la República ha establecido el Sistema Nacional de Atención de Denuncias (SINAD) donde se reciben y atienden las denuncias presentadas por los ciudadanos, funcionarios y servidores públicos, mediante el servicio de atención de denuncias.

  • No contar con las garantías requeridas.
  • Ejecución de obras sin procesos de selección.
  • Incumplimiento de plazos.
  • Ejecución sin contar con estudios previos.
  • Defectos en su construcción.
  • Obras sobrevaloradas.

IRREGULARIDADES EN ADQUISICIONES DEL ESTADO

  • Fraccionamiento en adquisiciones.
  • Direccionamiento a un determinado proveedor.
  • Recepción de productos defectuosos.
  • Prestación de servicios sin procesos de selección.
  • Adjudicación de bienes sin procesos de selección.

OTRAS IRREGULARIDADES COMO

  • Contratación de familiares directos por funcionarios que gozan de la facultad de nombramiento (nepotismo).
  • Pagos por servicios no realizados.
  • Contratación de personal que no cumple el perfil requerido.
  • Utilización indebida de materiales de construcción y maquinaria.
  • Contratación de personal fantasma.

La aceptación o no aceptación a trámite de su denuncia le será comunicada a la dirección electrónica o dirección de contacto que haya consignado en el Formulario Web. ¿Qué denuncias no se aceptarán a trámite? La Contraloría General no aceptará a trámite denuncias cuya atención y evaluación constituya competencia constitucional y legal de otra institución del Estado. Tampoco las referidas a:

  • Procesos disciplinarios en curso
  • Reclamaciones laborales
  • Reclamos sobre procedimientos administrativos
  • Deficiencias en los servicios públicos

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS? No se requiere que el denunciante se identifique, pudiendo presentar su denuncia de forma anónima. Es necesario que la denuncia sea expuesta en forma precisa, ordenada, detallada y coherente, conteniendo información que permita identificar el hecho denunciado, respondiendo a las preguntas qué, dónde y cuándo sucedieron los hechos o por lo menos contener información que permita consultar fuentes de información pública para lograr identificarlo.

  1. Sean presuntamente ilegales o arbitrarios ocurridos en una entidad sujeta al ámbito de control del SNC.
  2. No sean materia de proceso judicial, arbitral o administrativo en trámite, procesos disciplinarios, requerimientos o impugnaciones de proveedores o postores, ni que estén referidos a hechos que fueron objeto de sentencia judicial consentida o ejecutoriada, o comprendidos en causas pendientes ante el Tribunal Constitucional o investigaciones ante otras instituciones públicas competentes.
  3. No sean materia de un servicio de control o servicio relacionado en ejecución o concluido.

Asimismo se sugiere que se adjunte o indique la información o documentación necesaria que permita la evaluación de la denuncia. Las denuncias pueden ser presentadas:

En forma presencial, acudiendo a la sede central del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la oficina del Órgano de Control Institucional (OCI).

DESCARGAR FORMATO FISICO ( Formulario para presentar denuncia.)

En forma virtual en el siguiente enlace de SINAD

https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad ¿QUE PROTECCIÓN TIENE EL DENUNCIANTE Proteger y otorgar beneficios a los funcionarios y servidores públicos, o a cualquier ciudadano, que deseen acogerse a las medidas de protección y beneficios, que denuncien en forma sustentada hechos arbitrarios o ilegales que ocurran en cualquier entidad pública relacionados con el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, y que puedan ser investigados o sancionados administrativamente.

El contenido de la denuncia y la identidad del denunciante se encuentran protegidos por el principio de reserva desde su recepción hasta la culminación del proceso de atención de denuncias o del servicio de control que se derive de este, según corresponda, de acuerdo con lo establecido en el literal n) del artículo 9° de la Ley N° 27785; sin perjuicio de lo señalado, si desea acogerse a los demás medidas de protección y beneficios establecidos en la Ley N° 29452, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la misma.

Medidas de Protección:

  • Reserva de la identidad.
  • Impedimento de cese, despido o remoción laboral,
  • Impedimento de suspensión de contratación bajo la modalidad de locación de servicios o CAS.
  • Impedimento de actos de hostilización laboral.

Beneficios:

  • Reducción gradual de la sanción administrativa (en caso el denunciante esté sujeto a la misma).
  • Recompensa de porcentaje de multas efectivamente cobradas.
  • Formato de Compromiso. (DESCARGAR)

NORMATIVIDAD.

  • Directiva N° 011-2015-CG/GPROD.
  • Ley N° 29542 – Ley de Protección al Denunciante.

¿Dónde puedo denunciar un abuso de autoridad?

‘Si soy víctima de abuso de autoridad por parte de un policía se debe denunciar ante la comisaria respectiva o ante la Fiscalía, la Procuraduría o Fiscalía de Prevención del Delito que atiende las 24 horas del día’, manifestó el especialista.

¿Qué es una denuncia y cómo se inicia?

Es una declaración que realiza una persona ante la autoridad pública, de un hecho o una situación que considera que viola las leyes ; esperando de la autoridad inicie las investigaciones necesarias y tome las medidas que correspondan.

¿Cómo se hace una demanda por daños y perjuicios?

1. En caso de ser víctima de daños ocasionados en alguno de sus bienes, es necesario presentar denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, de forma verbal o escrita, narrando de forma clara y breve los hechos. Así mismo, podrá hacer una estimación del daño, es decir calcular el valor de los bienes afectados.

  • La Fiscalía recibe denuncias en diferentes centros de atención, como las Salas de Atención al Usuario -S.A.U-, las Unidades de Reacción Inmediata -U.R.I-, los Centros de Atención a Víctimas y las Casas de Justicia.
  • Para más información de clic aquí.2.
  • En caso de no poder acudir directamente a la Fiscalía General de la Nación, puede dirigirse al cuadrante de la Policía Nacional de su barrio, quienes lo orientará sobre los pasos a seguir.3.
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Una vez presentada la denuncia, en caso de identificar a los responsables, la Fiscalía se encargará de la investigación y de ser el caso, dar inicio al proceso penal correspondiente. La pena establecida para el delito de “daño en bien ajeno”, como regla general, es de prisión de uno (1) a cinco (5) años y multa de cinco (5) a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿Qué pasa si te acusan de algo sin pruebas?

¿Qué pasa si te denuncia sin pruebas? En España, el sistema judicial está basado en el principio de la presunción de inocencia, lo que significa que se presume que una persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Por lo tanto, si alguien te denuncia sin pruebas, esencialmente no tienes que hacer nada.

  1. Si el caso va a los tribunales, el juez tendrá que determinar si el acusador puede demostrar que el delito se cometió.
  2. Si no hay pruebas suficientes para probar la culpabilidad de una persona, el caso probablemente se archivará.
  3. En cualquier caso, es importante que tomes medidas para protegerte si alguien te acusa sin pruebas.

Si se trata de un delito, es importante que contactes a un abogado para que te asesore sobre lo que debes hacer. Por otro lado, si se trata de un asunto civil, puedes presentar una demanda de calumnia o una demanda por difamación en contra de la persona que te acusó sin pruebas.

  • En conclusión, si alguien te acusa sin pruebas, no tienes que preocuparte, ya que se presume que eres inocente.
  • Sin embargo, debes tomar medidas para protegerte y defender tus derechos.
  • Si el caso va a los tribunales, un abogado te ayudará a defenderte y asegurarte de que recibes un juicio justo.
  • En España, la denuncia sin pruebas es una situación que puede llegar a ser muy complicada.

Esto sucede cuando una persona presenta una acusación ante un órgano administrativo o judicial, sin haber aportado suficientes pruebas que demuestren su denuncia. Esto puede ser una situación sumamente problemática para la persona denunciada y para la denunciante.

  • En España, la ley es muy clara en cuanto a las denuncias sin pruebas.
  • Según el Código Penal, la presentación de una denuncia infundada, sin pruebas o hechos que la respalden, constituye un delito de calumnia,
  • Esto significa que la persona que presenta la denuncia sin pruebas podría ser castigada con una multa o incluso con prisión.

Por otro lado, la persona que es denunciada sin pruebas también tendrá que afrontar consecuencias. Si la denuncia es presentada ante un órgano administrativo, como una oficina de policía, el denunciado tendrá que presentar su versión de los hechos y aportar pruebas que respalden su inocencia.

  1. Si la denuncia es presentada ante un órgano judicial, como un juez, el denunciado tendrá que presentar los mismos elementos, pero además podría ser llevado a juicio.
  2. La mejor manera de abordar una denuncia sin pruebas es evitarla, ya que el hecho de presentar una denuncia sin pruebas puede tener graves consecuencias para la denunciante y para el denunciado.

Si alguien decide presentar una denuncia, debe asegurarse de que cuente con suficientes pruebas que respalden sus acusaciones. Si no es así, es mejor evitar presentar la denuncia.

¿Qué es una instancia a un ayuntamiento?

La instancia general es un instrumento que el Ayuntamiento pone a disposición de los ciudadanos para que puedan presentar solicitudes de todas aquellas cuestiones de competencia municipal para las que no exista un formulario específico.

¿Cuánto tiempo tiene un ayuntamiento para pagar?

¿Cuál es la ley que establece los plazos para el pago de facturas? – La primera ley en España en regular este aspecto fue la la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, que permitía libertad para establecer un plazo de cobro, pero siempre con un máximo de 30 días naturales.

Posteriormente, La Ley 15/2010 de 5 de julio amplió este plazo de pago hasta los 60 días naturales. En la actualidad, el plazo máximo legal para el pago de facturas se recoge en la Ley 11/2013, de 26 de julio, normativa que regula las medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

Aunque la ley permite que las partes puedan negociar un plazo de pago concreto en el contrato, puede ser que no exista dicho acuerdo. Si esto ocurre, la normativa actual establece que, por defecto, el plazo para pagar una factura es de 30 días naturales,

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¿Qué tratamiento se da a un ayuntamiento?

Tratamientos de Honores y Protocolo Otros datos El Ayuntamiento de Pamplona tiene tratamiento de Excelentísimo (Excmo.). El alcalde/sa de Pamplona tiene tratamiento de Excelentísimo/a (Excmo/Excma). Los tenientes de alcalde tienen tratamiento de Ilustrísimos/as (Ilmos/Ilmas).

Los concejales de Pamplona tienen tratamiento de Don/Doña (D/Dña). OTROS CARGOS: Los alcaldes de Madrid y Barcelona tienen tratamiento de Excelencia (Excelentísimo/a), al igual que los de aquellas capitales de provincia acogidas a la Ley de Grandes Ciudades. Los alcaldes del resto de capitales de provincia tienen tratamiento de Ilustrísima (Ilmo/Ilma), y los de todos los demás municipios, tratamiento de Señoría (Señor/Señora).

En todo caso serán respetados los tratamientos que respondan a tradiciones reconocidas por disposiciones legales. Presidente/a del Gobierno de Navarra: Excelentísimo/a. Consejeros/as del Gobierno de Navarra: Excelentísimo/a. Presidente/a del Parlamento Navarro: Excelentísimo/a.

Parlamentarios Forales: Ilustrísimo/a. Presidente/a de la Cámara de Comptos: Excelentísimo/a. Delegado/a de Gobierno: Excelentísimo/a. Jefes superiores de las Fuerzas de Seguridad del Estado: Ilustrísimo/a. Jefes Superiores de la Comandancia Militar: Excelentísimo/a. Presidente/a del Tribunal Superior de Justicia de Navarra: Excelentísimo/a.

Magistrados, jueces y fiscales: Ilustrísimo/a. Diputados y Senadores al Congreso: Excelentísimo/a. Diputados al Parlamento Europeo: Excelentísimo/a. Rectores de Universidades: Magnífico/a y Excelentísimo/a. Vicerrectores de Universidades: Excelentísimo/a.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el pago de una factura?

El plazo para reclamar una factura impagada se corresponde con lo que dure su prescripción – 5 años – cuando el deudor es una empresa o profesional. Si el deudor es un particular el plazo se rebaja a 3 años y si es la Administración pública, a 4 años.

¿Qué pasa si una entidad pública no me paga?

Toda entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas por un contratista dentro de los plazos establecidos en la normativa de contrataciones del Estado y luego de que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. Ante un retraso en el pago por parte de la entidad, salvo que se deba a un caso fortuito o de fuerza mayor, el contratista tiene derecho a que la entidad le pague los intereses legales correspondientes, los mismos que se computan desde la oportunidad en que debió efectuarse el pago.

Para mayor información sobre las condiciones y plazos en el pago de las contraprestaciones por parte de la entidad, puedes revisar el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 171 y 209 de su Reglamento, entre otras normas. Encuentra más información revisando la Ley de Contrataciones del Estado (Ley N° 30225), su Reglamento y modificaciones,

Asimismo, puedes consultar más detalles de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica, Último cambio 13 agosto 2023

¿Cómo denunciar públicamente una injusticia?

QUIÉN PUEDE QUEJARSE – Cualquier ciudadano, español o extranjero, independientemente de su edad o de su situación legal en España puede acudir al Defensor del Pueblo. Y además, puede hacerlo sin coste alguno, porque dirigirse al Defensor del Pueblo es gratuito.

¿Qué se puede hacer si la comunidad no arregla los desperfectos?

Si la comunidad no toma medidas tras la junta de propietarios, es posible presentar una demanda en el juzgado. En esta demanda se solicitará una orden judicial de reparación o responsabilidad para la comunidad debido a la falta de actuación ante el problema.

¿Cómo puedo denunciar al administrador de la comunidad?

Cómo poner una reclamación ante el Colegio de Administradores de Fincas – Si como propietario de una comunidad has tenido problemas con un Administrador de Fincas, puedes poner una reclamación ante el Colegio en el que esté inscrito. Para poder poner una reclamación a un Administrador de Fincas ante el Colegio tendrás que dirigir un escrito a la Comisión Disciplinaria del propio Colegio de Administradores de Fincas de tu provincia, explicando el caso y firmado por el Presidente de la Comunidad.

De forma presencial (en la sede del Colegio), por correo postal ordinario o por fax : en estos casos, es imprescindible cumplimentar todos los campos del formulario que figura en la página web de cada Colegio y adjuntar copia de documento oficial (DNI o similar) que le identifique. Por vía telemática, con DNI Electrónico o certificado digital, cubriendo el formulario que se encuentra en el apartado “Reclamaciones y Quejas Online” de la página web (cuando esté disponible) del Colegio en que esté inscrito el administrador.

Todas estas entidades tienen un proceso de mediación y arbitraje que se encarga de solucionar este tipo de conflictos. Si al final resulta que tú tienes razón y el administrador ha actuado de forma indebida, el Colegio tiene la capacidad para sancionarle.

Además, la Comunidad de Vecinos se tendrá que reunir en Junta (no hace falta que sea la ordinaria anual), se deben exponer los motivos por los que se despide el administrador. En el caso que no se tengan pruebas del abuso, se deberá indemnizar al administrador por el plazo restante hasta la finalización de su cargo.

Si el abuso además constituye un delito, aparte de ponerlo en conocimiento del Colegio habrá que denunciarlo ante la Policía. También se tendrá que evaluar la posibilidad de iniciar acciones legales contra el administrador. En estos casos es mejor dejar que se ocupe un abogado especializado en este tipo de temas.